

Seguro de aportes
(Previo cumplimiento de los requisitos estipulados en la póliza por parte de los asociados)
SEGURO DE VIDA POR EL MONTO DE LOS APORTES
En el momento en que los beneficiarios del asociado realizan la reclamación de los saldos a favor por motivo de fallecimiento del asociado, la compañía de seguros entregará a los beneficiarios un seguro por el monto de los aportes que se tenían al momento del deceso. Es importante precisar que, para recibir este beneficio, el asociado al momento de ingresar a la cooperativa debe estar en buenas condiciones de salud.
INDEMNIZACIÓN ADICIONAL POR MUERTE ACCIDENTAL
Si la causa del fallecimiento del asociado es accidental, los beneficiarios podrán reclamar un seguro adicional por el monto de los aportes sociales. Aplica hasta los 59 años de edad.
BENEFICIO POR DESMEMBRACIÓN
Ampara la lesión corporal causada por un accidente que tenga como consecuencia cualquiera de las pérdidas que se enuncian a continuación: Pérdida de manos, pies o la visión.
El valor base para hacer el cálculo del porcentaje del beneficio, son los aportes del asociado al momento de ocurrido el evento.