

Auxilio Funerario
AUXILIO ECONÓMICO POR FALLECIMIENTO DEL ASOCIADO
Este auxilio se entrega a los beneficiarios, en caso de fallecimiento del asociado, se requiere una antigüedad mínima en la cooperativa de un año.
Cuando se tenga una antigüedad en CESCA de un (1) año a (5) años se otorgará $ 1.000.000 y a partir de 5 años + 1 día en adelante $ 2.000.000
AUXILIO ECONÓMICO POR FALLECIMIENTO DE LOS BENEFICIARIOS
Otorgar al asociado un auxilio por el valor de $400.000 por el fallecimiento de su conyugue y/o compañero (a) permanente, hijos, padres y $200.000 por fallecimiento de hermanos. En caso de fallecimiento de los padres, hijos y hermanos y hay varios asociados, cada uno de ellos podrá reclamar este auxilio.
Otras consideraciones:
- En caso de que sea un solo asociado el que reclame el auxilio funerario de un hermano se otorgara $300.000.
- En caso de que varios asociados soliciten el auxilio funerario por muerte de padres, a cada uno se le otorgará $300.000
- En caso de que los aportes del asociado a la fecha de la solicitud sean inferiores al monto estipulado para el auxilio, se otorgará el 50% del valor, ya sea en los casos de funerario por (padres, hijos, conyugue, hermanos)